Ayming te ayuda con las deducciones por I+D+i y la revisión de ejercicios anteriores tras las nuevas resoluciones del TEAC
El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) ha emitido dos resoluciones clave (RG 1267/2025 y RG 5685/2024) que unifican el criterio y refuerzan la seguridad jurídica de las empresas innovadoras en materia de deducciones fiscales por I+D+i.
Hasta junio de 2022, era posible aplicar deducciones por I+D+i de ejercicios posteriores sin haberlas incluido en la declaración original. Sin embargo, la consulta V1511-2022 modificó esta práctica, exigiendo la consignación en la declaración del ejercicio de generación o su rectificación dentro de plazo.
Ahora, el TEAC distingue:
- Autoliquidaciones presentadas antes del 24/06/2022:Se mantienen las deducciones, aunque no se consignaran, siempre que se cumplan los requisitos.
- Autoliquidaciones presentadas después del 24/06/2022:Es obligatoria la consignación en el ejercicio de generación o la rectificación en plazo.
De esta manera, las resoluciones garantizan que las empresas podrán aplicar deducciones por I+D+i generadas hasta el Impuesto sobre Sociedades 2020 sin haberlas incluido entonces, si cumplen los requisitos sustantivos, reforzando así la protección de la confianza legítima y poniendo fin a la inseguridad jurídica.
¿Cómo puedes aprovechar esta oportunidad?
Esta resolución del TEAC representa una gran oportunidad para las empresas innovadora, ya que permite revisar y aplicar deducciones por I+D+i pendientes de ejercicios anteriores hasta el año 2020.
Además, refuerza la seguridad jurídica al proteger la confianza legítima de los contribuyentes que actuaron conforme al criterio vigente en su momento.
¿Cómo te ayudan en Ayming?
¡Revisan tus saldos pendientes! Te ayudan a realizar un análisis para determinar el potencial de las Deducciones I+D+i generadas en ejercicios anteriores y que accedas a la devolución que te corresponde.
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